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Importancia y sentido de la participación de los activistas sociales en la política. Intervención en el Pre -congreso de la CNDH

Por Manuel Salazar

Sumamente atinado discutir este tema.
Y bueno, se trata de un precongreso de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y es pertinente decir que esta no es un partido político. No lo es.
No está dentro de sus atributos y propósitos luchar y conquistar el poder político, que si es de los partidos políticos.

No es un partido político, pero sí es una institución cruzada por la política. No está al margen de la política.

Es esencialmente política.

¿Por qué? Porque trata precisamente de los temas que son centrales en la política, que son los derechos.

Derechos culturales, derechos económicos, derechos sociales, derecho a la vivienda, a la salud, la seguridad social, derecho a la libertad, derecho a transitar libremente por donde querramos.

Es decir, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es una institución que trabaja la política.

No es un partido político, pero sí trabaja la política, porque no hay nada más político que los derechos democráticos.

Tiene una plataforma, para mí el programa político más completo, está condensada en un libro de la CNDH bastante enjundioso, sobre los derechos económicos, sociales, culturales, los derechos relacionados con el medio ambiente.

Y se inscribe en la declaración política más trascendental que es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por la que luchan prácticamente todos los pueblos del mundo.

Por la conquista de derechos, por el fortalecimiento o la amplitud de derechos.

Todos los partidos políticos, de izquierda o de derecha, en su plataforma política, inscriben la oferta de proporcionarle al pueblo derechos, derechos sociales, derechos económicos, derechos democráticos, en una palabra.

Entonces, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en esencia, trabaja un tema relacionado con la política, y no podemos olvidar eso.

II.-

Existe lo que se llama poder social y lo que se llama poder político.

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos no se inscribe en el poder político, pero se inscribe en el poder social.

¿Y de qué trata el poder social?

El poder social trata de la capacidad que tiene un individuo, o un grupo de individuos, un sindicato de obreros, una asociación de hombres y mujeres, una agrupación de agricultores, de empresarios, de trabajadores, con el propósito de garantizar que el Estado establezca una serie de demandas, una serie de reivindicaciones que están directamente relacionadas con los derechos.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos trata precisamente de luchar para que el Estado dominicano le garantice al pueblo dominicano una serie de derechos.

Y en ese sentido se inscribe en la perspectiva del poder social.

En la medida en que tiene poder social, en esa misma medida, estará en mejores condiciones de lograr que el Estado garantice, cumpla con los derechos que se establecen en la Constitución de la República.

Es importante entenderlo por lo siguiente. Una de las constituciones más avanzadas, óigase bien, en materia de consignar derechos, fue la Constitución de 1966, que fue la constitución promulgada por Balaguer.

Si ustedes buscan la Constitución de 1966, y se leen de manera pormenorizada el artículo 8 de esa constitución, se van a dar cuenta de que, si esa constitución se aplicaba, aquí en la República Dominicana no habría que luchar por más nada. Porque ese artículo 8 dice que la Constitución le garantiza al pueblo dominicano prácticamente todos los derechos por los cuales todavía estamos luchando.

¿Cuál es el asunto?

El Estado actual, la Constitución actual dice que el Estado dominicano es social de derecho, y que debe ser garante de cualquier cantidad de derechos que están consignados en esa Constitución.

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Y hay una pregunta. ¿Se cumplen esos derechos? ¿Se cumplieron los derechos establecidos en el artículo 8 de la Constitución de 1966?

Ahí se hablaba del derecho a la inviolabilidad del domicilio, la inviolabilidad de la vida.

¿Y cuántos y cuántas ciudadanos y ciudadanas fueron asesinados de manera aleve en la calle, simplemente por diferir del régimen de 1966?

¿A cuántos y a cuántas no les fue allanada su vivienda, se violó su domicilio precisamente por ser opositores al régimen establecido?

¿Cuáles de los derechos, ahora mismo, por ejemplo, en la provincia de Sánchez Ramírez, en Cotuí, ¿cuántos derechos se están violentando para favorecer a la Barrick Gold? ¿Cuántos derechos de los ciudadanos y ciudadanas de esa provincia y de su entorno se están violentando precisamente en el propósito de construir una presa de cola que va a ocasionar graves afecciones al medio ambiente, a la estabilidad ecológica, al agua de esa región y en consecuencia
a a la agricultura, a la convivencia natural?

Es decir, esos derechos estaban consignados en la Constitución de 1966, están consignados en la Constitución actual y sin embargo ¿qué ocurre? ¿Se cumplen esos derechos?

No se cumplen esos derechos.
Y aquí viene entonces la cuestión del poder social, que fue planteado ya en el siglo XIX por un constitucionalista alemán llamado Ferdinand Lasalle, que establecía más o menos lo siguiente, todas las constituciones contienen derechos buenos, todas en el papel inscriben derechos dignos de ser aplaudidos.

¿Cuál es el problema?

El problema es, decía el mismo Ferdinand Lasalle, y es lo que yo quiero expresarles a ustedes, de que si no hay una fuerza social capaz de hacer que esos derechos se cumplan, el Estado no tiene por qué cumplirlos.

Están ahí, ya tenemos la ventaja, no tenemos que luchar por que la Constitución los establezca, porque ya la Constitución los ha inscrito, repito, lo inscribía la Constitución de 1966.

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¿Cuál es el problema?

Que hay que disponer de una fuerza social, de un pueblo constituido, de un pueblo organizado, capaz de forzar a los gobiernos a que cumplan con esos derechos.

Si no hay un pueblo que lo reclame, si no hay un pueblo que con su fuerza movilizada garantice que se apliquen esos derechos, no pasan de ser un papel. Lo decía Balaguer.

¿Qué decía Balaguer a partir de 1966? Lo recordarán algunos, que dijo, la Constitución es un pedazo de papel viejo.

¿Lo recuerdan algunos? Eso no es una frase de Balaguer, eso era una frase de Ferdinand Lasalle, aquel constitucionalista del siglo XIX alemán, que fue el que dijo, si no hay un pueblo organizado que garantice que el gobierno tenga obligatoriamente que cumplir con esos derechos, la Constitución es un pedazo de papel viejo.

Y ese es el asunto.
Por tanto, tiene pertinencia que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos haga todos estos pre congresos y que se proponga constituirse en un poder social, en tener tanta, tanta, pero tanta fuerza, tanta, pero tanta, pero tanta fuerza, que pueda disuadir a los gobiernos, a este, a los que vienen
a cumplir con esos derechos.

De eso se trata. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos tiene que tener poder social. Tiene que proponerse tener poder social; que cuando reclame el cumplimiento de un derecho a una empresa, a un patrón, sobre todo al gobierno, el que sea ese gobierno, estos se vean compelidos a tener que corresponder a ese reclamo, a esa demanda.

Si no hay una fuerza que garantice que el gobierno cumpla con esos derechos, el gobierno no cumplirá por su mismo.

Julio, 2025.

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